¿Una solicitud de registro de marca puede ser negada?

Sí. La normativa que rige la materia dispone un conjunto de prohibiciones de registro conforme a las cuales la Oficina de Registro de Marcas debe evaluar las solicitudes de registro, algunas de ellas se transcriben a continuación:

No podrán registrarse como marca, los signos que:

  1. Estén constituidos únicamente por palabras o figuras que describan el producto o servicio.

  2. Estén constituidos únicamente por palabras o figuras que sean el nombre genérico o técnico del producto o servicio de que se trate.

  3. Estén constituidos por palabras o figuras que sea idénticas o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios similares que pueda causar un riesgo de confusión o de asociación.

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